Artículo sobre accesibilidad en las empresas

A nivel empresarial, la accesibilidad de los trabajadores debe ser algo prioritario y, según muchas normativas, totalmente obligatorio. En España, hay casi dos millones de personas con diversidad funcional en edad laboral. Sin embargo, sólo el 25% de estas personas están trabajando.

Normativa internacional y nacional

En cuanto a este tema, existen ciertas normas como la normativa internacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y normativa nacional como la ley de prevención de riesgos laborales, el código técnico de la edificación y la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Las leyes españolas establecen que las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores están obligadas a que, de entre ellos, al menos, el 2% posean algún tipo de discapacidad.

Para que una empresa se considere inclusiva, es necesario que tengan en cuenta la cadena de la accesibilidad, es decir, todo aquello que forme parte de la empresa debe ser accesible para todas las personas.

Cadena de accesibilidad

  • Procesos de selección: los procesos de selección deben ser adaptados a las necesidades específicas de la persona con diversidad funcional que acuda a ellos.
  • Centros de trabajo: deberán ser accesibles todas las instalaciones (ascensores, escaleras, rampas, baños, comedores,…) y los elementos (puertas, ventanas, tabiques, mobiliario,…) que forman parte del centro de trabajo. Además, la iluminación debe ser adecuada.
  • Puesto de trabajo: cada área o tarea individual debe adaptarse a las capacidades físicas, sensoriales, cognitivas y sociales de cada trabajador.
  • Uso de productos de apoyo: este tipo de producto es toda herramienta o tecnología que sirva para prevenir la discapacidad y aumentar la autonomía de cada persona. Se deberá realizar un entrenamiento en el uso de los productos de apoyo.
  • Sistemas informáticos internos: los programas informáticos y/o aplicaciones que sean utilizados en la empresa se deberán adaptar a las capacidades de cada persona.
  • Señalización: se deben usar pictogramas estandarizados a nivel internacional, fácilmente comprensibles en diferentes formatos (braille, altorrelieve, información acústica).
  • Sistemas de aviso de emergencia: deben emitir sonido, luz y, si es posible, vibraciones y deben ser visibles por las personas con alguna discapacidad.
  • Documentación: toda la documentación que facilite la empresa (planes de empresa, evaluación de riesgos laborales, notas internas informativas, contratos de trabajo…) se facilitará en diferentes formatos accesibles: lectura fácil, uso de pictogramas, braille, pdf accesibles, documentos word accesibles, lengua de signos,…
  • Formación: se deberán dar documentos en formatos accesibles. Además, contar con intérprete de lengua de signos, presentaciones accesibles de powerpoint,…
  • En caso de incendios: es obligatorio según la Ley que existan refugios en caso de incendios para personas con movilidad reducida. Estos refugios estarán situados en lugares protegidos y contarán con su propia señalización, además deberán aparecer señalizados en los planes de evacuación.
  • Consulta a los/as trabajadores/as: se deben establecer unas condiciones para que toda persona pueda participar y dar su opinión.
  • Gestión de accesibilidad: Al igual que existe el sistema de la gestión de prevención de riesgos laborales, también, existe la gestión de la accesibilidad. Esta gestión es completaría a la de riesgos laborales y ayudaría a mantener de una manera más eficaz la accesibilidad en todos los aspectos.
  • Perros guía: se deberá adaptar y permitir el acceso a los animales acompañantes de personas con discapacidad.